INTRODUCCIÓN 
 

 

 

 

 

CONSTITUCIÓN
"SACROSANCTUM CONCILIUM"
SOBRE LA SAGRADA LITURGIA

 

La Constitución sobre la Sagrada Liturgia

A este texto se lo conoce por sus efectos, teniendo en cuenta que la reforma de la liturgia latina se está aplicando en todos los países del mundo. La Constitución se limita a establecer las directrices de la reforma, cuya ejecución fue confiada en gran parte a las Conferencias Episcopales (esta es la primera asignación de facultades legales dadas a las Conferencias Episcopales por el Concilio). El primer capítulo de esta Constitución (aceptada en sustancia, desde la primera sesión del 7 de diciembre de 1962, con 1.922 placet, 11 non placet y 180 placet yuxta modum) establece los principios generales de la reforma y presenta un carácter doctrinal. Muestra cómo la liturgia es "es la cumbre a la cual tiende la actividad de la Iglesia y al mismo tiempo la fuente de donde mana toda su fuerza" (10).

El capítulo fija doctrinalmente la participación activa de los laicos, mientras se desarrolla una noción clara del Pueblo de Dios, hacia el cual la Jerarquía tiene una función de servicio, tal como explica más adelante la Constitución dogmática sobre la Iglesia.