INTRODUCCIÓN 
 

 

 

 

 

 

 

CONSTITUCIÓN
"SACROSANCTUM CONCILIUM"
SOBRE LA SAGRADA LITURGIA

CAPÍTULO I

PRINCIPIOS GENERALES PARA LA REFORMA Y FOMENTO DE LA SAGRADA LITURGIA

 

II. NECESIDAD DE PROMOVER LA EDUCACIÓN LITÚRGICA Y LA PARTICIPACIÓN ACTIVA.

 

 

CONSTITUCIÓN
"SACROSANCTUM CONCILIUM"
SOBRE LA SAGRADA LITURGIA

CAPÍTULO I

PRINCIPIOS GENERALES PARA LA REFORMA Y FOMENTO DE LA SAGRADA LITURGIA

 

II. NECESIDAD DE PROMOVER LA EDUCACIÓN LITÚRGICA Y LA PARTICIPACIÓN ACTIVA.

Formación de profesores de Liturgia

15. Los profesores que se elijan para enseñar la asignatura de sagrada Liturgia en los seminarios, casas de estudios de los religiosos y facultades teológicas, deben formarse a conciencia para su misión en institutos destinados especialmente a ello.

Formación litúrgica del clero

16. La asignatura de sagrada Liturgia se debe considerar entre las materias necesarias y más importantes en los seminarios y casas de estudio de los religiosos, y entre las asignaturas principales en las facultades teológicas. Se explicará tanto bajo el aspecto teológico e histórico como bajo el aspecto espiritual, pastoral y jurídico. Además, los profesores de las otras asignaturas, sobre todo de Teología dogmática, Sagrada Escritura, Teología espiritual y pastoral, procurarán exponer el misterio de Cristo y la historia de la salvación, partiendo de las exigencias intrínsecas del objeto propio de cada asignatura, de modo que quede bien clara su conexión con la Liturgia y la unidad de la formación sacerdotal.

Vida litúrgica en los seminarios e institutos religiosos

17. En los seminarios y casas religiosas, los clérigos deben adquirir una formación litúrgica de la vida espiritual, por medio de una adecuada iniciación que les permita comprender los sagrados ritos y participar en ellos con toda el alma, sea celebrando los sagrados misterios, sea con otros ejercicios de piedad penetrados del espíritu de la sagrada Liturgia; aprendan al mismo tiempo a observar las leyes litúrgicas, de modo que en los seminarios e institutos religiosos la vida esté totalmente informada de espíritu litúrgico.

Vida litúrgica de los sacerdotes

18. A los sacerdotes, tanto seculares como religiosos, que ya trabajan en la viña del Señor, se les ha de ayudar con todos los medios apropiados a comprender cada vez más plenamente lo que realizan en las funciones sagradas, a vivir la vida litúrgica y comunicarla a los fieles a ellos encomendados.

Formación litúrgica del pueblo fiel

19. Los pastores de almas fomenten con diligencia y paciencia la educación litúrgica y la participación activa de los fieles, interna y externa, conforme a su edad, condición, género de vida y grado de cultura religiosa, cumpliendo así una de las funciones principales del fiel dispensador de los misterios de Dios y, en este punto, guíen a su rebaño no sólo de palabra, sino también con el ejemplo.

Transmisiones de acciones litúrgicas

20. Las transmisiones radiofónicas y televisivas de acciones sagradas, sobre todo si se trata de la celebración de la Misa, se harán discreta y decorosamente, bajo la dirección y responsabilidad de una persona idónea a quien los Obispos hayan destinado a este menester.