
CONSTITUCIÓN
"SACROSANCTUM
CONCILIUM"
SOBRE LA SAGRADA
LITURGIA
CAPÍTULO III
LOS DEMÁS SACRAMENTOS Y LOS
SACRAMENTALES
Sacramentos
Rito de la Confirmación
71. Revísese también el
rito de la confirmación, para que aparezca más claramente la
íntima relación de este sacramento con toda la iniciación
cristiana; por tanto, conviene que la renovación de las
promesas del bautismo preceda a la celebración del
sacramento. La confirmación puede ser administrada, según
las circunstancias, dentro de la Misa. Para el rito fuera de
la Misa, prepárese una fórmula que será usada a manera de
introducción.
Rito de la Penitencia
72. Revísese el rito y
las fórmulas de la penitencia de manera que expresen más
claramente la naturaleza y efecto del sacramento.
Unción de enfermos
73. La «extremaunción»,
que también, y mejor, puede llamarse «unción de enfermos»,
no es sólo el Sacramento de quienes se encuentran en los
últimos momentos de su vida. Por tanto, el tiempo oportuno
para recibirlo comienza cuando el cristiano ya empieza a
estar en peligro de muerte por enfermedad o vejez.
Reforma del rito
74. Además de los ritos
separados de la unción de enfermos y del viático, redáctese
un rito continuado, según el cual la unción sea administrada
al enfermo después de la confesión y antes del recibir el
viático.
Número de unciones y oraciones
75. Adáptese, según las
circunstancias, el número de las unciones, y revísense las
oraciones correspondientes al rito de la unción de manera
que respondan a las diversas situaciones de los enfermos que
reciben el sacramento.
Revisión del rito de la
ordenación
76. Revísense los ritos
de las ordenaciones, tanto en lo referente a las ceremonias
como a los textos. Las alocuciones del Obispo, al comienzo
de cada ordenación o consagración, pueden hacerse en lengua
vernácula. En la consagración episcopal, todos los Obispos
presentes pueden imponer las manos.
Rito del matrimonio
77. Revísese y enriquézcase el
rito de la celebración del matrimonio que se encuentra en el
Ritual romano, de modo que se exprese la gracia del
sacramento y se inculquen los deberes de los esposos con
mayor claridad.
«Si en alguna parte están en uso otras laudables costumbres
y ceremonias en la celebración del Sacramento del
Matrimonio, el Santo Sínodo desea ardientemente que se
conserven».
Además, la competente autoridad eclesiástica territorial, de
que se habla en el artículo 22, párrafo 2, de esta
Constitución, tiene la facultad, según la norma del artículo
63, de elaborar un rito propio adaptado a las costumbres de
los diversos lugares y pueblos, quedando en pie la ley de
que el sacerdote asistente pida y reciba el consentimiento
de los contrayentes.
Celebración del matrimonio
78. Celébrese
habitualmente el matrimonio dentro de la Misa, después de la
lectura del Evangelio y de la homilía, antes de la «oración
de los fieles». La oración por la esposa, oportunamente
revisada de modo que inculque la igualdad de ambos esposos
en la obligación de mutua fidelidad, puede recitarse en
lengua vernácula.
Si el sacramento del Matrimonio se celebra sin Misa, léanse
al principio del rito la epístola y el evangelio de la Misa
por los esposos e impártase siempre la bendición nupcial