INSTRUCCIÓN GENERAL DEL
MISAL ROMANO
Capítulo III
OFICIOS Y MINISTERIOS EN
LA CELEBRACIÓN DE LA MISA
III. MINISTERIOS PECULIARES
Ministerio del acólito y del lector instituidos
98. El acólito es instituido para el servicio del altar y para
ayudar al sacerdote y al diácono. Al él compete principalmente
preparar el altar y los vasos sagrados y, si fuere necesario,
distribuir a los fieles la Eucaristía, de la cual es ministro
extraordinario.[84]
En el ministerio del altar, el acólito tiene sus ministerios
propios (cfr. núms. 187 - 193) que él mismo debe ejercer.
99. El lector es instituido para proclamar las lecturas de la
Sagrada Escritura, excepto el Evangelio. Puede también proponer
las intenciones de la oración universal, y, en ausencia del
salmista, proclamar el salmo responsorial.
En la celebración eucarística el lector tiene un ministerio
propio (cfr. núms. 194 -198) que él debe ejercer por sí
mismo.