INSTRUCCIÓN GENERAL DEL
MISAL ROMANO
Capítulo III
OFICIOS Y MINISTERIOS EN
LA CELEBRACIÓN DE LA MISA
III. MINISTERIOS
PECULIARES
Ministerio del acólito y del lector
instituidos
98. El acólito es instituido para el
servicio del altar y para ayudar al sacerdote y al diácono. Al
él compete principalmente preparar el altar y los vasos sagrados
y, si fuere necesario, distribuir a los fieles la Eucaristía, de
la cual es ministro extraordinario.[84]
En el ministerio del altar, el acólito
tiene sus ministerios propios (cfr. núms. 187 - 193) que
él mismo debe ejercer.
99. El lector es instituido para proclamar
las lecturas de la Sagrada Escritura, excepto el Evangelio.
Puede también proponer las intenciones de la oración universal,
y, en ausencia del salmista, proclamar el salmo responsorial.
En la celebración eucarística el lector
tiene un ministerio propio (cfr. núms. 194 -198) que él
debe ejercer por sí mismo.