INSTRUCCIÓN
GENERAL DEL MISAL ROMANO
Capítulo VIII
MISAS Y ORACIONES POR DIVERSAS NECESIDADES
Y MISAS DE DIFUNTOS
I. MISAS Y ORACIONES POR DIVERSAS NECESIDADES
373. Las Misas por diversas necesidades y las Misas por diversas
circunstancias se eligen para circunstancias determinadas, a
veces, o en tiempos establecidos. De éstas, la Autoridad
competente puede elegir Misas a favor de los que suplican, según
lo establezca la Conferencia de Obispos en el transcurso del
año.
374. Si se presenta alguna necesidad más grave, o por utilidad
pastoral, por mandato o con licencia del Obispo diocesano, puede
celebrarse la Misa que está convenga con ella, todos los días,
exceptuadas las solemnidades, los domingos de Adviento, Cuaresma
y Pascua, los días dentro de la Octava de Pascua, la
Conmemoración de todos los fieles difuntos, el Miércoles de
Ceniza y las ferias de Semana Santa.
375. Las Misas Votivas de los misterios del Señor, o en honor de
la bienaventurada Virgen o de los Ángeles o de cualquier Santo,
o de todos los Santos, pueden celebrarse de acuerdo con la
piedad de los fieles, en las ferias durante el año, aunque
ocurra una memoria libre. Sin embargo, no pueden celebrarse como
votivas las Misas que se refieren a los misterios de la vida del
Señor o de la bienaventurada Virgen María, exceptuada la Misa de
la Inmaculada Concepción de la bienaventurada Virgen María,
porque la celebración de ellos está relacionada con el curso año
litúrgico.
376. En los días en que se celebra una memoria obligatoria o una
feria de Adviento hasta el 16 de diciembre inclusive, del tiempo
de Navidad desde el 2 de enero, o del tiempo pascual después de
la Octava de Pascua, se prohíben de por sí las Misas por
diversas necesidades, por diversas circunstancias y las votivas.
Pero, si una verdadera necesidad o utilidad pastoral lo exige,
en la celebración con pueblo puede emplearse la Misa que,
a juicio del rector de la iglesia o del mismo sacerdote, sea
conforme con esa necesidad o utilidad.
377. En las ferias durante el año en las que se celebran
memorias libres o se hace el Oficio de la feria, puede
celebrarse cualquier Misa o emplearse cualquier oración por
diversas necesidades, exceptuadas, sin embargo, las Misas
rituales.
378. Se recomienda de manera especial la memoria de Santa María
en sábado, porque en la Liturgia de la Iglesia, en primer lugar,
y antes que a todos los Santos, se tributa veneración la Madre
del Redentor.[145]